| Tiempo de lectura: 3 minutos | PREGUNTAS FRECUENTES
quién puede presentar una demanda por homicidio culposo ny

De conformidad con el artículo 4-1.1 de la Ley consolidada de Nueva York, determinadas personas tienen derecho a presentar una demanda por homicidio culposo. Se trata de los hijos, padres, cónyuge o representante debidamente designado de la sucesión de la persona fallecida. Según la ley de Nueva York, estas personas están autorizadas a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados por la muerte por negligencia de su familiar.

Cuando el fallecimiento de una persona es consecuencia de la negligencia o mala conducta de otra, la legislación neoyorquina permite a los derechohabientes del difunto reclamar daños y perjuicios en una demanda por homicidio culposo.

En los casos de homicidio culposo, la persona fallecida se denomina difunto, y la ley limita quién puede iniciar acciones legales contra la parte responsable de la muerte del difunto. 

A continuación, hablaremos de quién puede presentar una demanda por homicidio culposo en NY y quién tiene derecho a la compensación económica de dicha demanda.

Si ha sufrido la pérdida de alguien cercano, permítanos darle el pésame. Sabemos que el dinero no arregla una pérdida trágica.

Pero los familiares del fallecido tienen derechos legales a obtener una indemnización de los culpables.

Nosotros podemos ayudarle. En las Oficinas Legales de Theodore A. Naima, tenemos la experiencia para proteger sus intereses y defender sus derechos en una demanda por homicidio culposo. 

Indemnización en caso de homicidio culposo

En una acción judicial por homicidio culposo, algunos familiares del fallecido pueden recibir lo siguiente

  • Indemnización por las pérdidas económicas del fallecido,
  • Pago de la atención médica que recibió el fallecido por su lesión mortal, 
  • Gastos funerarios, 
  • El valor de la ayuda económica y de otro tipo que los beneficiarios habrían recibido del difunto de haber vivido, y 
  • Daños punitivos. 

Los daños punitivos son poco frecuentes, pero un tribunal puede concederlos si la parte culpable actuó de forma atroz.

El cálculo de estos daños puede ser una empresa compleja.

Dependiendo de la causa del fallecimiento del difunto o del órgano que decida la cuantía de la indemnización legal (es decir, un juez o un jurado), la ley exige que las obligaciones fiscales anticipadas del difunto también se tengan en cuenta en la cuantía de la indemnización. 

¿Quién puede reclamar en un caso de homicidio culposo? 

Las indemnizaciones concedidas en los juicios por homicidio culposo sólo están a disposición de los derechohabientes del fallecido.

Y quién tiene derecho a ser distribuido depende de la composición de la familia del difunto en el momento de su fallecimiento.

A continuación se enumeran los derechohabientes del difunto que pueden reclamar una indemnización por homicidio culposo en los siguientes supuestos: 

  • Si hay un cónyuge y un hijo: la recuperación corresponde al cónyuge superviviente y a todos los hijos supervivientes;
  • Si hay cónyuge y no hay hijos, la recuperación corresponde al cónyuge superviviente;
  • Si hay un hijo pero no cónyuge, la recuperación se destina a todos los hijos supervivientes;
  • Si no hay cónyuge ni hijos, la recuperación corresponde a cualquiera de los progenitores supervivientes;
  • Si no hay cónyuge, hijos o padres, la recuperación recae en cualquier hermano superviviente;
  • Si no hay cónyuge, hijos, padres o hermanos, la recuperación recae en los abuelos supervivientes;
  • Si no hay cónyuge, hijos, padres, hermanos o abuelos, la recuperación corresponde a los hijos o nietos supervivientes de los abuelos. 
  • Si no hay cónyuge, hijos, padres, hermanos, abuelos, hijos de abuelos o nietos de abuelos, la recuperación corresponde a los bisnietos supervivientes de los abuelos. 

Según la ley, los parientes de media sangre y de sangre pura tienen los mismos derechos de recuperación. 

¿Quién puede demandar por homicidio culposo? 

La persona que inicia una demanda por homicidio culposo lo hace en beneficio de los derechohabientes del difunto.

Y sólo hay una persona que puede presentar una demanda por homicidio culposo en Nueva York: el representante personal del fallecido.

Si usted es un familiar que busca reparación legal por la muerte de su ser querido, hable con un abogado experto en homicidio culposo sobre cómo localizar al representante personal y hacer valer su derecho a una indemnización por daños y perjuicios. 

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En el bufete de abogados de Theodore A. Naima, nos centramos exclusivamente en la representación de las víctimas en casos de lesiones personales.

El abogado neoyorquino Theodore A. Naima cuenta con 25 años de experiencia en juicios y ha ayudado a miles de personas a buscar justicia y reparación por las devastaciones causadas por actores ilícitos.

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Theodore A. Naima

Theodore A. Na ima es el socio fundador de las Oficinas Legales de Theodore A. Naima, un bufete de lesiones personales y negligencia médica con sede en Nueva York. En 2015, Ted fue galardonado con la prestigiosa calificación AV Preeminent® de Martindale-Hubbell®, la compañía que durante mucho tiempo ha sido reconocida por establecer el estándar de oro para las calificaciones de abogados, lo que significa el más alto grado de reconocimiento entre pares y la excelencia profesional.

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