| Tiempo de lectura: 4 minutos | Negligencia médica
prescripción de la negligencia médica

El plazo de prescripción de la negligencia médica está codificado por ley tanto en el código civil de Nueva York como en el de Florida.

Estos estatutos establecen un plazo en el que usted debe presentar una demanda por negligencia médica.

Si se le pasa el plazo sin presentar una demanda o llegar a un acuerdo privado, no podrá cobrar por sus lesiones. 

Por supuesto, siempre puede llegar a un acuerdo privado antes de que finalice el plazo.

Sin embargo, si se acerca la fecha límite cuando aún está negociando un acuerdo, lo mejor es presentar una demanda para evitar que venza el plazo.

Si no lo hace, su oponente perderá la motivación para llegar a un acuerdo con usted.

El reloj de la prescripción

Es útil pensar en el plazo de prescripción de la negligencia médica (SOL) como un reloj con cuenta atrás hasta cero. La cuenta atrás suele comenzar cuando se produce la negligencia.

Si se aplica una excepción, es posible que el reloj no empiece a contar hasta más tarde. Este retraso le dará más tiempo para presentar una demanda.

Prescripción general de la negligencia médica en Nueva York

El plazo general para presentar una demanda por negligencia médica en Nueva York es de dos años y seis meses desde que se produjo la negligencia.

Sin embargo, si se sometió a un tratamiento médico continuado, la cuenta atrás comienza en la fecha del último tratamiento. 

Excepciones

La ley de negligencia médica de Nueva York incluye varias excepciones al SOL general.

Si se aplica una excepción, el plazo SOL empieza a correr en algún momento después de que se produzca el acto u omisión negligente.

Demandas por homicidio culposo

Si la víctima fallece a causa de una negligencia médica, el reloj del plazo SOL empieza a correr en la fecha del fallecimiento.

Dispone entonces de dos años (NO dos años y seis meses) para presentar una demanda. Puede aplicarse una prórroga en caso de proceso penal contra el demandado.

La regla del descubrimiento

Es posible que no descubra inmediatamente que su médico ha cometido una negligencia médica.

La regla de descubrimiento impide que el reloj SOL corra hasta que usted descubra (o debería descubrir) que tiene una demanda por negligencia médica.

La ley de prescripción de la negligencia médica de Nueva York y la regla de descubrimiento de Nueva York interactúan de manera compleja para determinar la fecha en que expira su reclamación.

La regla de descubrimiento se aplica en las siguientes circunstancias:

  • Su profesional sanitario dejó un objeto extraño dentro de su cuerpo. En este caso, usted tiene hasta un año después de descubrir o debería haber descubierto la negligencia, lo que ocurra primero, para presentar una demanda, incluso si el estatuto general de limitaciones ha expirado.
  • Su profesional sanitario no diagnosticó un cáncer o un tumor maligno. En este caso, el reloj SOL no empezará a correr hasta que descubra tanto la falta de diagnóstico como el daño que esta falta le ha causado. Sin embargo, el plazo SOL no puede prolongarse más de siete años.
  • Si el médico no diagnosticó su cáncer o tumor maligno durante un tratamiento continuado, el reloj SOL no empieza a correr hasta el último tratamiento.

Es importante hablar con un abogado experto en negligencias médicas para determinar qué plazo se aplica en su caso.

Prescripción de la negligencia médica en Florida

La ley de prescripción de la negligencia médica de Florida establece un plazo SOL de dos años, a contar desde la fecha en que se produjo la negligencia.

Al igual que en Nueva York, ciertas excepciones retrasan la fecha en que empieza a correr el reloj del SOL.

Excepciones

Las siguientes excepciones se aplican a la ley de prescripción de negligencia médica de Florida.

Demandas por homicidio culposo

El reloj SOL de muerte por negligencia de Florida comienza a correr en la fecha en que fallece la víctima, incluso si la negligencia se produjo antes.

Una reclamación por homicidio culposo caduca a los dos años del fallecimiento, a menos que presente una demanda judicial.

La regla del descubrimiento

A diferencia de la regla de descubrimiento de Nueva York, la regla de descubrimiento de Florida se aplica a una amplia gama de demandas por negligencia médica.

El reloj SOL no empieza a correr hasta que usted descubre que tiene una reclamación por negligencia o debería haberla encontrado mediante el ejercicio de la diligencia debida.

Sin embargo, no puede presentar una demanda por negligencia más de cuatro años después de que se produjera la negligencia, aunque la descubra más tarde.

Este plazo de cuatro años no se aplica a los menores que presenten una demanda antes de cumplir los ocho años. 

Fraude, ocultación o tergiversación intencionada

Si el demandado le ocultó su mala praxis mediante fraude, ocultación o tergiversación intencionada, el reloj del SOL no empieza a correr hasta que usted descubre su reclamación.

Sin embargo, no puede presentar una demanda por negligencia más de siete años después de que se produjera la negligencia.

El duro plazo no se aplica a un menor víctima que presente una demanda antes de cumplir los ocho años. 

Algunas lesiones graves en el parto

Ciertos tipos de negligencia médica que implican lesiones graves en el parto están sujetos a un plazo de prescripción distinto.

Luchemos por sus derechos

En las Oficinas Legales de Theodore A. Naima, luchar por los derechos de las víctimas lesionadas es lo que hacemos.

Una de las consecuencias irónicas de su exitosa trayectoria de 25 años de defensa en juicios es que cuantos más juicios gana el Sr. Naima, más amigos son nuestros oponentes de los acuerdos privados.

Llámenos al 516-280-7311 o póngase en contacto con nosotros en línea para una consulta gratuita. Tenemos oficinas en Nueva York, Long Island y Miami.


La información facilitada en esta página es de carácter general. Por supuesto, a menudo hay excepciones que se aplican en determinadas situaciones. Para obtener una lista completa de todas las excepciones, consulte el Leyes consolidadas de Nueva York. El abogado Naima también estará encantado de responder a cualquier pregunta que tenga sobre sus lesiones o su capacidad para presentar una demanda contra la parte responsable.

Foto del autor

Theodore A. Naima

Theodore A. Na ima es el socio fundador de las Oficinas Legales de Theodore A. Naima, un bufete de lesiones personales y negligencia médica con sede en Nueva York. En 2015, Ted fue galardonado con la prestigiosa calificación AV Preeminent® de Martindale-Hubbell®, la compañía que durante mucho tiempo ha sido reconocida por establecer el estándar de oro para las calificaciones de abogados, lo que significa el más alto grado de reconocimiento entre pares y la excelencia profesional.

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